Asociación para la defensa de la sanidad pública

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1. El Decreto estatal de diciembre 2015 comúnmente llamado de Prescripción Enfermera, no resuelve la inseguridad jurídica de las enfermeras en su día a día, no facilita el trabajo en equipo ni prepara para los retos del aumento de enfermos crónicos. Creemos que debe ser revisado en profundidad y cambiada su filosofía, dejando de lado posturas corporativas de ambas partes y buscando la funcionalidad que permita un mejor funcionamiento del sistema sanitario público
2. La prescripción autónoma de productos sanitarios y de fármacos tópicos utilizados en las competencias generales del trabajo enfermero no plantea ningún problema de seguridad del paciente y debería legalizarse
3. En cambio creemos que una lista de fármacos autorizados como ocurre en Andalucía no sería la solución para hacer legal y seguro el uso de fármacos por enfermería en el día a día del trabajo en Centros y Servicios. Esto se resolvería mejor mediante protocolos “funcionales” descentralizados elaborados por clínicos y aceptados por la administración sanitaria
4. La prescripción colaborativa de fármacos indicados y controlados por el médico para procesos crónicos permite a la enfermera el seguimiento e incluso la modificación de tratamientos en base a protocolos. Es básica para un trabajo en equipo y para afrontar la cronicidad. Pero los protocolos en los que se basa deben ser elaborados por clínicos y descentralizados y no por instancias administrativas centralizadas y ajenas al desempeño tal como marca el Decreto
5. La acreditación de las enfermeras se basa en su formación básica y en la formación continuada. Los protocolos concretos de crónicos o “funcionales” en los que participen pueden requerir una capacitación adicional tanto clínica como farmacológica. La acreditación que exige el Decreto no la consideramos adecuada.
Salamanca 27 Abril 2016
Asociación para la Defensa de la Sanidad Pública

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