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¿Necesita la profesión médica de una institución como es el Colegio de Médicos para regular su funcionamiento y dotarse de unas normas de conducta?
La organización social democrática ¿no es suficiente para defender los intereses laborales de los médicos, vigilar su praxis, exigir la titulación requerida, e incluso fijar los honorarios? Para todas estas cuestiones tiene la sociedad respuesta a través de las distintas organizaciones, sean sindicales, instituciones sanitarias, administración, tribunales etc. Sin embargo, cada vez que se ha puesto en cuestión la obligatoriedad de pertenecer a un Colegio de Médicos para ejercer la profesión, incluso en el ámbito exclusivo de la Sanidad Pública, se ha chocado con el peso de la ley que apoya dicha obligatoriedad.
Afortunadamente, empiezan a moverse las cosas en otra dirección, una sentencia obliga a que sea la administración y no el profesional el que asuma el pago de las cuotas al Colegio para los médicos que trabajan en exclusiva en el sector público, puesto que es un requisito impuesto por ella misma. Le supone una gran cantidad de dinero que no tendría que pagar si fuera voluntaria. Esto parece haber animado a los políticos a replantearse el tema: La ley de Colegios Profesionales deja abierta una posibilidad a las autonomías para eliminar la obligatoriedad y algunas así lo reflejan ya en su norma.
Los colegios deberían ir adaptándose a la razón que acabará por imponerse y convirtiéndose en una empresa de servicios o en un club selecto, como ahora, pero financiado solo por las cuotas de sus socios voluntarios.

Concha Ledesma 2 Febrero 2002

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